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Registro de libros Imprimir
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Todo comerciante, persona natural o jurídica, debe inscribir ante la Cámara de Comercio los libros de contabilidad tales como: Mayor, de Balances, Diario, de Registro de accionistas, de actas de asambleas, juntas de socios o accionistas y juntas directivas

El registro de libro se lleva a cabo diligenciando una carta a la Cámara de Comercio de Pasto debidamente firmada por el comerciante o por el representante legal de la persona jurídica, indicando el nombre del libro y el número de hojas útiles.

Los libros deben presentarse con las hojas completamente en blanco y debidamente enumerado.

 
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