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AUTOCLASIFICACIÓN Es la determinación por parte del proponente de la(s) actividad(es), especialidad(es) y grupo(s) que le corresponden, según la naturaleza de las actividades que específicamente haya realizado y que de acuerdo con ello determina la contratación con las entidades estatales. AUTOCALIFICACIÓN
Es la asignación por parte del proponente de los puntajes respectivos y la consiguiente determinación de la capacidad máxima de contratación (K) la cual será respetada por las entidades contratantes, en todo proceso de adjudicación de contratos. Los factores que la conforman, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 92 de 1998, son: * Experiencia (E) * Capacidad financiera (Cf) * Capacidad técnica (Ct) * Capacidad de organización (Co) CAPACIDAD RESIDUAL
Es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el contratista, privados o estatales, incluyendo los exceptuados de reqistro en las cámaras y los que se tengan por participación en sociedades, consorcios o uniones temporales. Las entidades estatales deberán exigirla al contratista en el momento de presentar la propuesta, cualquiera que sea la modalidad del contrato. La cámara de comercio no certifica la capacidad residual de contratación.
FACTOR DE PARIDAD INTERNACIONAL
Es un factor multiplicador para determinar la capacidad máxima de contratación de los constructores y los consultores, el cual es calculado anualmente por la Sociedad Colombiana de Ingenieros, aprobado por la Superintendencia de Industria y Comercio y publicado por las cámaras de comercio. La Superintendencia de Industria y Comercio mediante la Resolución 2482 de febrero 1 de 2007, determinó el 3,24 como F.P.I. TENGA EN CUENTA
* Para auto clasificarse y autocalificarse en el registro de proponentes, debe seguir las instrucciones contenidas en el Decreto 92 de 1998. * Verifique que todos los factores de la fórmula de capacidad máxima de contratación estén relacionados en la casilla respectiva del formulario. * No olvide que para los datos numéricos debe utilizar coma (,) para miles y punto (.) para decimales. ara consultar el documento respectivo por favor hacer clic sobre la opción que encuentra a continuación: * Decreto 92 de 1998 - Enero 19 Por el cual se reglamenta la clasificación y calificación en el registro único de proponentes y se dictan otras disposiciones. ( *.pdf - 193 Kb)
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