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Registro de Entidades Privadas Sin Animo de Lucro

El decreto 2150 de 1995 (ARTS. 40 o 45) estableció el Registro de estas Entidades en las Cámaras de Comercio, probando su existencia con la certificación expedida por estas, a través de este registro se hace pública la situación de las personas jurídicas sin ánimo de lucro. Estas personas registran su constitución e inscriben los actos determinados por la ley en las cámaras de comercio.

Al igual que en los otros registros, cualquier persona puede examinar los documentos de su constitución, reformas, nombramientos, etc. obtener copia de los documentos que reposan en el expediente y solicitar que se le expidan certificados sobre las inscripciones realizadas.

A continuación usted podrá consultar las Guías Informativas del Registro de Entidades sin Animo de Lucro, Cooperativas y Asimiladas.